Cuándo los tratamientos de fecundación in vitro en la Seguridad Social están cubiertos y qué pruebas no están cubiertas por la sanidad pública.
¿Cubre la Seguridad Social un tratamiento de fecundación in vitro? Es la pregunta más demandada entre las mujeres o parejas que desean tener un bebé y no lo consiguen de forma natural. Lo cierto es que la Seguridad Social cubre parte de este tratamiento, pero son rígidos los requisitos que exigen.
Pruebas no cubiertas por la Seguridad Social
- La mayoría de los centros de la Seguridad Social no contemplan la donación de óvulos (ovodonación) en el tratamiento de la Fecundación In Vitro.
- Algunos centros de la Seguridad Social ofrecen la vitrificación de ovocitos, pero exclusivamente en casos en los que se necesita preservar la fertilidad por motivos médicos como quimioterapia, radioterapia, etc.
- En cuanto a la vitrificación embrionaria, pocos centros que realizan Fecundación in vitro por la Seguridad Social presentan esta opción. Sólo se comprometen a congelar los embriones.
- Para detectar si existe alguna alteración cromosómica en los embriones, en un tratamiento de Fecundación in Vitro, se realiza un diagnóstico genético preimplantacional (DGP). Dado su elevado coste, la Seguridad Social no cubre esta prueba.
Más información acerca de la fecundación in vitro en la seguridad social en
http://urh.es/es/fecundacion-in-vitro-seguridad-social/
Dra. Laura Blasco Gastón – Ginecóloga especialista en Reproducción Asistida en URH García del Real